Diez años cumpliendo con el compromiso de ofrecer la mejor revisión de la normativa y legislación y la formación continua para economistas, abogados, titulares mercantiles y todos los profesionales vinculados a la materia. Hoy se ha desarrollado el primer bloque de ponencias de las X Jornadas de Derecho Concursal y Societario en el que están participando expertos, ponentes y asistentes de toda España, en una actividad organizada por los Colegios de Economistas, Abogados, Titulares Mercantiles y la Universidad de Almería y la colaboración de entidades como la Plataforma para Difusión y Venta de Activos, Exfimer, la Cátedra de Viabilidad Empresarial de la Universidad de Málaga, Asemar Global Consulting.
En el acto inaugural, la decana del Colegio de Economistas, Ana Moreno, ha destacado la plena necesidad “de unas jornadas que se consolidan gracias al nivel de sus ponentes y que nos permite compartir ideas y reflexionar sobre la labor como administradores concursales”. En este sentido, la presidenta del órgano colegial ha lamentado “que en Almería no tengamos un magistrado de lo Mercantil propio”. El decano del Colegio de Abogados, José Pascual Pozo, por su parte, ha hecho hincapié en que se incida “en la cultura de la mediación”.
La importancia del compliance para las empresas
El magistrado de la sala de Apelación de la Audiencia Nacional, Eloy Velasco, ha sido el encargado de pronunciar la ponencia inaugural que ha analizado los supuestos en los que el compliance (cumplimiento normativo) puede operar como causa de exención de responsabilidad penal en las sociedades. “España es un país de pymes y la ley establece, desde el 25 de diciembre de 2010, que las empresas puedes realizar hasta 26 categorías delictivas concretas”. Ante esta situación, Velasco ha apostado por la prevención y hasta por los simulacros. “Si una empresa está obligada o hace por normalidad una actuación de simulacro de incendio, también es necesario establecer actuaciones preventivas simulacros de blanqueo de capitales u otro tipo de delitos en los que puede incurrir una persona jurídica”.
Sobre la formación para evitar caer en actos que puedan ser objeto de responsabilidad penal, el magistrado de la Audiencia Nacional considera que “es más urgente que esas nociones se impartan a los directivos que a los empleados, por la importancia de la toma de decisiones”. De hecho, Eloy Velasco ha señalado que “en los 88 de los 90 casos en los que he trabajado el delito lo cometió el directivo”.
En su ponencia, Eloy Velasco ha determinado algunas exclusiones de la responsabilidad penal de la persona jurídica. Por ejemplo, tal y como indica en su informe, las actuaciones que se producen fuera del ámbito propio de la empresa y del fin social real o los hechos cometidos en contra de sus intereses o en beneficio exclusivo de un integrante de la empresa. “La norma no quiere empresas ‘policía’ o ‘paranoicas’, no hay responsabilidad objetiva por el resultado, debe haber cierta razonabilidad en el control”.
Los expertos aconsejan invertir en modelos de organización y gestión y hacer un plan de prevención delictiva, porque permite optar a la eximente y a la atenuante antes del juicio oral; se puede seguir contratando con la Administración de la Unión Europea aun si hay condena; facilita la conformidad y abre la posibilidad de atenuantes como la de la colaboración; se pueden aminorar daños colaterales como despidos, reducciones de empleo o pérdida de proveedores, patrocinadores y anunciantes, es un mecanismo de transparencia y ética a tener en cuenta, además de que incide en la reputación haber procurado evitar delitos o minorarlos que no haberlo hecho.
Un amplio programa
El magistrado de la Audiencia Nacional de Alicante, Francisco José Soriano, ha abordado las situaciones de crisis para la administración concursal, como la rendición de cuentas, responsabilidad y separación y el delegado de Activos Concursales S.L. en Andalucía, Germán Mellado hablaba del artículo 155 de la Ley Concursal, con respecto a las liquidaciones de activos con privilegio especial. Tras las dos ponencias ha habido una mesa redonda con los magistrados de Almería, Málaga y de Sala de lo Social del TSJA, Enrique Sanjuán, Nuria Orellana y Ana María Orellana, respectivamente, moderada por el catedrático de Derecho Mercantil de la UAL, Carlos Vargas Vasserot.
La sesión de tarde ha sido abierta por la catedrática de Derecho Mercantil de la Universidad Complutense de Madrid, Juana Pulgar, que ha abordado las particularidades del acuerdo de reparto de dividendos y porcentaje legal mínimo, mientras que el magistrado de la Audiencia Provincial de Almería, Juan Antonio Lozano, ha explicado el papel de los administradores concursales en los casos de criminalización del concurso, teniendo como premisa el deber de lealtad, “desempeñando su cargo como un representante leal en defensa del interés social, entendido como interés de la sociedad, y cumplirán los deberes impuestos por las leyes y los estatutos con prohibición de aprovechar oportunidades de negocio, manteniendo el deber de secreto.
La última de las sesiones ha corrido a cargo de la magistrada del Juzgado de lo Mercantil nº2 de Málaga, Amanda Cohen Benchetrit, sobre la retribución de los administradores sociales, así como la concerniente a las reformas más recientes.
Mañana, segundo día de ponencias
Mañana, viernes, intervendrán el magistrado juez de la Audiencia Provincial de Córdoba, Fernando Caballero; el magistrado juez del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Córdoba, Antonio Fuentes; el vicepresidente segundo del ICJCE y Socio de Baker Tilly, Javier López-Guerrero de Vivar; el abogado y socio director de Lealtadis Abogados, José Ramón Parra; y la clausura correrá a cargo de la presidenta de la Audiencia Provincial de Almería, Lourdes Molina y del presidente del Consejo Andaluz de Economistas y vicepresidente del REFOR, Juan Carlos Robles.
La actividad está abierta tanto a colegiados de Economistas, Titulares Mercantiles y Abogados, miembros del REFOR, estudiantes y alumnos del máster de abogacía y otros profesionales interesados en la materia. Está homologado por el Refor, Expertos en Economía Forense del Consejo General de Economistas.