La Secretaria de Organización de UGT Almería, María Dolores Gavilán Sánchez ha participado en las VIII Jornadas por la Igualdad Salarial entre Mujeres y Varones, realizadas por la Plataforma Andaluza de Apoyo al Lobby Europeo de Mujeres y organizadas por el Instituto Andaluz de la Mujer. En concreto, en estas jornadas se ha debatido sobre el derecho a unas retribuciones igualitarias entre hombres y mujeres y la actual brecha salarial por razón de género.
Durante su intervención, la responsable sindical ha destacado que “las mujeres acceden al mercado laboral en peores condiciones que los hombres, promocionan menos a puestos de responsabilidad, reciben salarios más bajos y siguen asumiendo casi en solitario las responsabilidades familiares, por lo que la cifra de mujeres inactivas en nuestro país es muy superior a la de los hombres inactivos”.
“La tasa de actividad femenina, según la última EPA, sigue descendiendo y ya se sitúa 11 puntos y medio por debajo de la masculina, que hay 1,6 millones de mujeres ocupadas menos y que la brecha salarial ha aumentado hasta el 23,25%. Los contratos a tiempo parcial los ocupan mayoritariamente las mujeres y los de a tiempo completo los hombres” ha detallado.
Así mismo, la responsable sindical ha indicado que “las mujeres dejan de percibir al año, de media a nivel nacional, casi 6.000 euros lo que supone una brecha salarial de 23,25%. Por sectores, la construcción es en el que menos brecha salarial se registra, tanto en Andalucía como en España, con un 6 y 8%, y el sector de industria el que más con un 31%, lo que supone más de 8.202,13 euros de diferencia salarial anual entre el salario de mujeres y hombres”.
Así mismo, ha resaltado que “es necesaria la puesta en marcha de una ley de igualdad salarial para fomentar el desarrollo de los planes de igualdad en las empresas; obligar a las empresas a revisar las clasificaciones profesionales y la valoración de puestos de trabajo dirigidas a eliminar la discriminación y la desigualdad; hay que introducir en la negociación colectiva la aplicación del concepto de ‘igual retribución por trabajos de igual valor’; y es necesario el establecimiento de cláusulas de medidas de acción positiva que corrijan, en un plazo determinado, la situación de discriminación y promover la participación de las mujeres en la negociación colectiva y en los sindicatos”.