Los censos de población son fotos fijas del municipio y se realizan para obtener los datos reales sobre el mismo, la última recogida de datos de manera pormenorizada, casa a casa, se realizó en 2001, desde entonces sólo se incorporan las actualizaciones que se recogen a través de las oficinas de estadística.
María José López Carmona ve necesario salir a la calle y conocer nuestro municipio, al menos como en la última renovación de censo que se hizo, combinando el uso de registros administrativos con el trabajo de campo y que incluya el Censo de Edificios y una gran encuesta de población que descubra las características de personas y viviendas que residen en nuestro término municipal. Es fundamental hacer el censo para que nos aporte datos sobre la sociedad que son necesarios para la toma de decisiones en materias básicas de gestión municipal, pero también generales como sanitarias o educativas. Toda la información tratada y procesada a través de los nuevos sistemas de Big Data será una herramienta imprescindible para trabajar sobre la ciudad moderna y de futuro que pretendemos de Roquetas de Mar.
El Censo de población precisa de unos medios económicos, materiales y técnicos que no debemos ver como un gasto en la gestión municipal, sino una inversión en creación de empleo, en información y valor añadido. Se precisarán más de 50 agentes censales y responsables de equipos para recorrer los distritos y secciones en los que se divide nuestro municipio y un mínimo de seis meses de trabajo de calle y algún tiempo más de compilación de datos. Por lo tanto se necesitará una partida económica en los próximos presupuestos municipales y la colaboración del INE. El Ayuntamiento de El Ejido ha realizado recientemente (2014) un censo de población consiguiendo para el área de estadística y empadronamiento una cantidad de información actualizada importante para el desarrollo de su municipio.
Igualmente María José asevera que la norma establece en el Real Decreto 1690/1986, de 11 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, modificado por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, en sus arts. 62 y 69 que “los ayuntamientos realizarán las actuaciones y operaciones necesarias para mantener actualizados sus padrones de modo que los datos contenidos en éstos concuerden con la realidad”, incluso establece la obligatoriedad de “notificación a los vecinos del contenido de sus datos padronales por el Ayuntamiento de manera que todo vecino tenga la oportunidad de conocer la información que le concierna al menos cada cinco años”. También hace referencia a ello, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en su art. 17, responsabiliza a los Ayuntamientos de “la formación, mantenimiento, revisión y custodia del Padrón Municipal” así como de la “realización de las actuaciones y operaciones necesarias para mantener actualizados sus padrones de modo que los datos contenidos en éstos concuerden con la realidad”.
Por lo tanto, para María José López no cabe duda sobre de la necesidad de elaborar el Censo de Población por tres motivos fundamentales: para realizar una verificación y tener la tranquilidad de que esté todo correcto, especialmente después de las informaciones en prensa sobre los procesos de empadronamiento supuestamente fraudulentos, para tener una información actualizada de personas, viviendas y características de la sociedad roquetera y afrontar un sólido proyecto de ciudad y para dar empleo a cerca del centenar de personas que durante al menos seis meses se precisan para su elaboración.
Me parece muy positivo, totalmente de acuerdo….