El delegado de Fomento y Vivienda en Almería, Joaquín Jiménez, ha presentado el contenido del proyecto de Ley de Tanteo y Retracto a representantes de asociaciones de usuarios y consumidores, sindicatos, vecinos y colectivos de personas con discapacidad, a quienes ha asegurado que la normativa, aprobada recientemente por el Consejo de Gobierno, “permitirá reforzar las medidas para luchar contra los desahucios y ampliar la protección de las familias frente a las ejecuciones hipotecarias y las daciones en pago en la comunidad autónoma”.
Jiménez ha comentado que el texto será remitido al Parlamento andaluz para su debate y aprobación definitiva, “si bien el Gobierno andaluz ya ha reservado en los presupuestos de este año una partida de cuatro millones de euros para la aplicación de las medidas”, cuya principal novedad es que “la Junta podrá ejercer el derecho de compra preferente de las viviendas afectadas por la dación en pago o por ejecuciones hipotecarias”, ha añadido.
El tanteo y el retracto se realizarán en los procesos de dación en pago, mientras que para los procedimientos de ejecución hipotecaria se reserva solo el retracto, lo que implica intervenir al final del proceso una vez comunicado el desalojo y concluida la subasta judicial de la vivienda y su adjudicación. La medida se llevará a cabo en un periodo de 60 días naturales contados a partir de la notificación de la transmisión del inmueble al nuevo adjudicatario.
La Administración podrá ejercer el tanteo y retracto sobre la vivienda en función de la situación socioeconómica de las familias y atendiendo a los colectivos de especial protección y a la tipología de inmuebles, que deberá responder a las características exigidas para las Viviendas de Protección Oficial (VPO). Una vez ejercido el derecho de compra preferente, los afectados tendrán prioridad de alquiler sobre el inmueble que ha sido su domicilio habitual.
En el caso de que se haya producido la subasta pero la familia todavía permanezca en el domicilio, dicho plazo se aplicará a partir del día en que el juez determine la fecha de salida de los moradores del inmueble. Si la Administración no tiene conocimiento de la orden de desahucio, podrá realizar la compra en el momento en el que tenga constancia de la misma.
El nuevo marco normativo prevé obligaciones de información y notificación a la Junta para los estamentos y profesionales que intervienen en los procesos de desahucio. Así, los órganos judiciales deberán trasladar, previo convenio con la Administración autonómica, los documentos relativos a la transmisión de la vivienda en subasta judicial y las órdenes de lanzamiento, mientras que los registradores de la propiedad tendrán que informar del cambio de titularidad del inmueble y los notarios, de las operaciones de transmisión. Por su parte, el adquiriente de la vivienda otorgada por dación en pago estará obligado a avisar de su adquisición para que se pueda ejercer el derecho de compra preferente. El proyecto reconoce también este derecho a los ayuntamientos, previo acuerdo con la Junta.
La futura norma modificará la Ley 13/2005 de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo para reforzar la protección de los adjudicatarios mediante la ampliación de los supuestos sancionadores. El proyecto introduce como sanción muy grave, con multas de entre 30.001 a 120.000 euros, la no devolución por parte de los promotores de las cantidades entregadas a cuenta por los adjudicatarios en caso de resolución del contrato de compraventa. Hasta ahora este supuesto no estaba tipificado como infracción. También se castigará con la máxima sanción a los promotores o personas jurídicas que mantengan vacía una VPO sin causa justificada por un periodo superior a tres meses.
Como faltas graves, sancionables con cuantías de entre 3.001 hasta 30.000 euros, se consideran el incumplimiento del adjudicatario de ocupar el inmueble como domicilio habitual y permanente en el plazo previsto, así como la no presentación de la documentación requerida sobre esa ocupación.
Jiménez ha subrayado que “esta ley vuelve a poner de manifiesto los esfuerzos que está realizando durante esta legislatura para garantizar el derecho a la vivienda”, entre los que ha hecho mención a la aprobación de la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias en la Contratación Hipotecaria sobre la Vivienda y el Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020. Asimismo, ha recordado que se ha reforzado el Sistema Andaluz de Información y Asesoramiento Integral en materia de Desahucios, con el que se presta apoyo personalizado a través de la prevención, la intermediación y la protección, además de abrirse varias líneas de ayudas públicas al alquiler para personas afectadas y en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados.
La Administración autonómica también ha firmado convenios con el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y la Federación Andaluza de Municipios y Provincias. Otro acuerdo, con la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb), permitirá incorporar al parque público residencial unas 400 viviendas que permanecían vacías y que se pondrán a disposición de las familias más necesitadas a través de un alquiler social.