El delegado territorial de Fomento y Vivienda en Almería, Joaquín Jiménez, se ha reunido hoy con representantes del Colegio de Administradores de Fincas para informarles sobre las convocatorias de ayudas a la rehabilitación residencial contempladas dentro del Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020 y solicitar a estos profesionales su colaboración a la hora de asesorar e informar a las comunidades de vecinos sobre cómo han de solicitar las citadas ayudas, “pues el objetivo es ampliar el número de beneficiarios de estas subvenciones destinadas a obras y trabajos de conservación, mejora de la calidad y sostenibilidad y también de la accesibilidad de edificios de comunidades de propietarios”, ha comentado.
Según ha expuesto el delegado en este encuentro, “pretendemos que estos profesionales informen a sus representados en el cumplimiento de determinados requisitos imprescindibles para optar a las ayudas del Plan, ya que a pesar del alto número de demandantes, las subvenciones otorgadas finalmente se reducen considerablemente por no ajustarse a los requisitos de la convocatoria”. Esto se debe, según ha explicado, “principalmente a defectos de forma en el formulario de solicitud” y ha enumerado algunos de los aspectos en los que deberán hacer hincapié, como son el título acreditativo de la propiedad, el informe de evaluación del edificio o el proyecto constructivo.
En esta misma línea, también ha informado a los administradores de fincas de las nuevas líneas de ayudas a la rehabilitación residencial –la convocatoria en proceso de trámite de selección y la correspondiente al presente año–, órdenes que, ha añadido, “tienen como base mejorar la accesibilidad y la eficiencia energética”.
El pasado año la Consejería de Fomento y Vivienda convocó la orden de ayudas para la rehabilitación de edificios, dotada con 16,07 millones de euros, en régimen de concurrencia competitiva y con una previsión de más de 7.000 familias beneficiarias en Andalucía. De esta cantidad, 1,01 millones de euros corresponden a la provincia de Almería, donde se han presentado 89 solicitudes, de las 1.388 registradas en el ámbito regional.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones de este programa las comunidades de propietarios de viviendas en las que, al menos, la mitad de los propietarios de las viviendas que componen el edificio tengan ingresos familiares ponderados no superiores a 3,50 veces el IPREM. La cuantía máxima de la subvención por edificio será el 35% del coste subvencionable de las actuaciones. No obstante, en el caso de actuaciones que incluyan ajustes razonables en materia de accesibilidad, y sólo en la partida correspondiente a la misma, se podrá alcanzar el 50% del coste.
Los edificios objeto de las actuaciones, que deberán contar con el Informe de Evaluación del Edificio cumplimentado y suscrito por técnico competente, con fecha anterior a la solicitud de la ayuda, no podrán estar calificados urbanísticamente como fuera de ordenación o en situación de asimilación a la fuera de ordenación, su construcción debe haberse finalizado antes de 1981 y tendrán presentar unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención, salvo que las adquiera como resultado de las actuaciones. Además, al menos un 70 % de sus viviendas han de estar ocupadas y constituir el domicilio habitual de sus residentes.
Una vez obtenida la subvención, la comunidad de propietarios contará con un mes de plazo para solicitar la licencia de obras. El abono de la ayudas se realizará en dos pagos del 50%, uno al inicio tras la presentación de la licencia de las obras y otra al final, una vez entreguen el certificado final de obra. El periodo máximo para ejecutar las mejoras no podrá exceder de 16 meses, aunque dicho plazo podrá ampliarse excepcionalmente hasta 18 meses cuando se trate de obras que afecten a 40 o más viviendas.